asiento/ registro/anotación 04:40 Mar 10, 2011
Hola Clau: Gracias por tu aclaración y discúlpame, pero habiendo leído la pregunta en el móvil (… y sin gafas), no vi la explicación del primer párrafo. Lo que entiendo es que una vez se haya aprobado el presupuesto, las sociedades actuantes proceden a registrar el desembolso (como débito) en la cuenta “contribuciones voluntarias” y el asiento de la contrapartida, en el Diario General, en la cuenta del presupuesto respectivo (que me imagino será el publicitario). Si lo anterior es cierto, yo utilizaría cualquiera de los términos que he escrito arriba. Espero que lo anterior te sea de ayuda. Un abrazo, M.A.
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