IRPF 스레드 게시자: Ventnai
| Ventnai 스페인 Local time: 15:34 독일어에서 영어 + ...
Hola compañeros
Colaboro con una empresa fuera de España. Me pagan sin retener nada de impuestos. ¿Qué modelo tengo que utilizar para pagar el IRPF? ¿Hay más cosas que tengo que hacer? ¿Alguien conoce un gestor más o menos barato en Madrid?
Gracias
Ian | | | Pago del IRPF | Mar 31, 2009 |
Hola, compañero,
Yo también trabajo de vez en cuando para clientes extranjeros, pero tengo la suerte de contar con un gestor excelente que se ocupa de todo. Lo único malo (para ti) es que está en Pozuelo de Alarcón, donde yo vivo. Si, a pesar de la distancia, te interesa, puedo facilitarte sus datos.
Por otro lado, supongo que antes de hacer la factura solicitas un certificado de residencia fiscal (por Internet) especificando el país del cliente. Luego, trimestralmente, al mism... See more Hola, compañero,
Yo también trabajo de vez en cuando para clientes extranjeros, pero tengo la suerte de contar con un gestor excelente que se ocupa de todo. Lo único malo (para ti) es que está en Pozuelo de Alarcón, donde yo vivo. Si, a pesar de la distancia, te interesa, puedo facilitarte sus datos.
Por otro lado, supongo que antes de hacer la factura solicitas un certificado de residencia fiscal (por Internet) especificando el país del cliente. Luego, trimestralmente, al mismo tiempo que la declaración del IVA, tienes que hacer la declaración de IRPF en el impreso habitual. Si no te han hecho retención previa, lo indicas en dicho impreso y, a continuación, si el resultado es negativo, tendrás que pagar en el banco (como en el caso del IVA) ▲ Collapse | | | Ventnai 스페인 Local time: 15:34 독일어에서 영어 + ... 주제 스타터
Hola Maria Luisa
Gracias por tu respuesta.
Hasta ahora, los clientes siempre me han hecho retenenciones - son españoles, entonces nunca he tenido que hacer una declaración trimestral del IRPF. Acaso, ¿sabes el modelo?
La verdad me queda un poco lejos Pozuelo Vivo en el centro, pero gracias de todas formas.
Un saludo
Ian | | | No hay necesidad de hacer la declaración trimestral | Mar 31, 2009 |
Si dices que hasta ahora sólo has trabajado para clientes españoles y no realizabas declaraciones trimestrales de IRPF, puedes seguir así, declarándolo sólo en la declaración de la renta anual. Si al final de año el porcentaje de clientes que no te practican retención (no sólo extranjeros, esto también englobaría a particulares, por ejemplo) supera el 25%, a partir del año próximo tendrás que cambiar la casilla correspondiente en el formulario 036 y empezar a declarar el IRPF trime... See more Si dices que hasta ahora sólo has trabajado para clientes españoles y no realizabas declaraciones trimestrales de IRPF, puedes seguir así, declarándolo sólo en la declaración de la renta anual. Si al final de año el porcentaje de clientes que no te practican retención (no sólo extranjeros, esto también englobaría a particulares, por ejemplo) supera el 25%, a partir del año próximo tendrás que cambiar la casilla correspondiente en el formulario 036 y empezar a declarar el IRPF trimestralmente.
Ten en cuenta también si empiezas a trabajar con clientes extranjeros que deberás empezar a considerar temas como la regla de la prorrata para el IVA, aunque supongo que de eso te podrá informar mejor el gestor.
Un saludo,
Narcis Lozano
[Edited at 2009-03-31 19:40 GMT] ▲ Collapse | |
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Ventnai 스페인 Local time: 15:34 독일어에서 영어 + ... 주제 스타터
Hola Narcis
Gracias por tu respuesta.
Siempre he hecho la declaración del IVA. Se trata más bien del IRPF. Ahora trabajo casí exclusivamente con una agencia en Dinamarca y no me retienen nada de impuestos. Tendré que pagar el IRPF, no?
Un saludo
Ian | | | Me refería al IRPF | Mar 31, 2009 |
Sí, quise decir el IRPF, se me deslizó lo del IVA. El IRPF, en principio lo declaras anualmente, pero si este año más del 25% son clientes que no te aplican retención, el año próximo tendrás que pasarte a declararlo trimestralmente. Si el año pasado (2008) tuviste más del 75% de clientes que te hacían retención, este 2009, incluso en el caso de que trabajes sólo para clientes extranjeros, no hará falta que te pases a la declaración trimestral. Lo que factures en este 2009 lo decla... See more Sí, quise decir el IRPF, se me deslizó lo del IVA. El IRPF, en principio lo declaras anualmente, pero si este año más del 25% son clientes que no te aplican retención, el año próximo tendrás que pasarte a declararlo trimestralmente. Si el año pasado (2008) tuviste más del 75% de clientes que te hacían retención, este 2009, incluso en el caso de que trabajes sólo para clientes extranjeros, no hará falta que te pases a la declaración trimestral. Lo que factures en este 2009 lo declararás y pagarás en la declaración (anual) de la renta (IRPF) de 2010. Eso sí, a partir de enero de 2010, tendrás modificar el 036 y empezar a declarar el IRPF trimestralmente.
Un saludo,
Narcís Lozano ▲ Collapse | | | Ventnai 스페인 Local time: 15:34 독일어에서 영어 + ... 주제 스타터 Número del modelo | Mar 31, 2009 |
Hola Narcis
Gracias por tu respuesta.
Lo que quería saber es el número del modelo que tengo que cumplimentar.
Un saludo
Ian | | |
El modelo para IRPF trimestral sería el 130.
Un saludo,
Narcis | |
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Ventnai 스페인 Local time: 15:34 독일어에서 영어 + ... 주제 스타터
Hola Narcis
OK. Muchas gracias.
Un saludo
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